El caso: una residencia de familiar de ciudadano español denegada en primera resolución
En noviembre de 2025, nuestra clienta —ciudadana extranjera, familiar de ciudadano español con residencia en España— presentó solicitud de residencia temporal de familiar de ciudadano español (art. 97.1.c del Reglamento de Extranjería). La tramitación de este tipo de autorizaciones, regulada desde noviembre de 2024 por el nuevo Reglamento aprobado mediante Real Decreto 1155/2024, permite a los familiares directos de españoles residir y trabajar legalmente en España.
La Subdelegación del Gobierno resolvió de forma desfavorable la solicitud inicial. La denegación dejaba a nuestra clienta sin autorización de residencia y sin permiso de trabajo, a pesar de cumplir con los requisitos exigibles para este tipo de autorización familiar.
Inconforme con la resolución, acudió a AF Abogados. Tras analizar el expediente, identificamos los motivos que habían llevado a la denegación y elaboramos un recurso de reposición aportando la documentación y las alegaciones necesarias para acreditar el cumplimiento de todos los requisitos legales.
La vía del recurso de reposición en extranjería: clave cuando deniegan una primera solicitud
Cuando la Administración deniega una solicitud de residencia, muchos solicitantes creen que no tienen más opciones o que la única salida es volver a presentar una nueva solicitud desde cero. Sin embargo, la ley pone a disposición del interesado una herramienta más ágil y eficaz: el recurso de reposición, que se presenta ante el mismo órgano que dictó la resolución desfavorable en un plazo de un mes.
Este recurso es especialmente útil cuando:
- La denegación se basa en documentación que puede subsanarse o complementarse.
- La Administración ha aplicado incorrectamente los requisitos normativos.
- Han cambiado las circunstancias relevantes desde la solicitud inicial.
- La resolución no ha valorado correctamente la prueba aportada.
Resultado: recurso estimado y residencia concedida por 5 años con permiso de trabajo
La Subdelegación del Gobierno en Tarragona estimó íntegramente el recurso de reposición presentado por AF Abogados en febrero de 2026, apreciando el cumplimiento de todos los requisitos exigidos por el Real Decreto 1155/2024. La resolución de 3 de marzo de 2026 concedió la residencia temporal de familiar de ciudadano español, con las siguientes condiciones:
- Vigencia: 5 años (desde el 7 de noviembre de 2025 hasta el 6 de noviembre de 2030).
- Autorización para trabajar: Sí.
- Efectos: Plenos frente a la Administración y frente a terceros desde la fecha de la resolución, sin necesidad de esperar a la obtención de la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
La propia resolución recuerda que la TIE debe solicitarse en el plazo de un mes desde la concesión en la Comisaría de Policía Nacional correspondiente.
Por qué no debes aceptar una denegación de extranjería sin consultar a un abogado
La denegación de una autorización de residencia no es el final del procedimiento. En la mayoría de los casos, existen vías de recurso que permiten revertir la resolución desfavorable, especialmente cuando el solicitante reúne los requisitos materiales pero la solicitud inicial presentaba deficiencias documentales o la Administración no ha valorado correctamente los elementos aportados.
Los plazos para recurrir son cortos —un mes para el recurso de reposición— y la presentación extemporánea hace perder el derecho a impugnar esa resolución concreta. Actuar con rapidez y con el asesoramiento adecuado es determinante.
En AF Abogados gestionamos autorizaciones de residencia y trabajo en toda España, con especial experiencia en residencias de familiares de ciudadanos españoles y comunitarios. Consulta nuestros servicios de extranjería en Málaga y Granada.
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📋 Ficha jurídica del caso
| Tipo de autorización | Residencia temporal de familiar de ciudadano español — Inicial (art. 97.1.c RD 1155/2024) |
| Norma aplicada | Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre · Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero · Ley 39/2015 (art. 123) |
| Primera resolución | Denegatoria (Subdelegación del Gobierno en Tarragona) |
| Recurso interpuesto | Recurso de reposición (art. 123 Ley 39/2015 · art. 193 RD 1155/2024) — presentado el 05/02/2026 |
| Resultado | Recurso estimado · Residencia concedida por 5 años · Autoriza a trabajar: SÍ |
| Vigencia concedida | 07/11/2025 — 06/11/2030 |
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