Contrato Simulado de VehículoDeclarado Nulo: Recuperamos el Coche de Nuestro Cliente

✅ Caso de Éxito · Derecho Civil

Un préstamo disfrazado de compraventa con pacto comisorio prohibido.
Dos instancias judiciales. Un resultado: victoria total para nuestro cliente.


El caso: cuando una compraventa de vehículo no es lo que parece

Nuestro cliente se encontraba en una situación económica complicada y necesitaba liquidez con urgencia.
Una empresa de compraventa de vehículos le ofreció una solución aparentemente sencilla:
venderles su coche y, ese mismo día, firmar un contrato de opción de compra
que le permitiría recuperarlo pagando cuotas mensuales.

Lo que parecía un acuerdo puntual se convirtió en una trampa.
El contrato simulado de vehículo ocultaba en realidad un
préstamo con intereses desorbitados y una cláusula absolutamente prohibida por
nuestro ordenamiento jurídico: el pacto comisorio.

Nuestro cliente no tardaría en darse cuenta de que, si no abonaba las cuotas mensuales pactadas,
perdería definitivamente su vehículo, que en ningún momento había dejado de usar.
Fue entonces cuando acudió a AF Abogados.

📌 Dato clave: Ambos contratos —compraventa y opción de compra— se firmaron
el mismo día, entre las mismas partes y con el vendedor conservando la posesión del
vehículo. Una estructura clásica de simulación contractual.

¿Qué es un contrato simulado de vehículo? La realidad detrás de la firma

Un contrato simulado es aquel cuya apariencia formal esconde una voluntad
real diferente de las partes. En el ámbito de la compraventa de vehículos, la modalidad
más habitual funciona así:

  1. El propietario del vehículo «vende» el coche a una empresa por una cantidad inferior al valor de mercado.
  2. Ese mismo día, la empresa le concede una opción de compra sobre el mismo vehículo.
  3. El propietario conserva el uso del coche y paga cuotas mensuales para mantener la opción activa.
  4. Si no puede recomprar el vehículo pagando el precio pactado, lo pierde definitivamente.

En apariencia, son dos contratos válidos e independientes. En la realidad,
constituyen un préstamo encubierto con garantía sobre el vehículo,
con una TAE que puede superar varios cientos de puntos porcentuales.

Los tribunales españoles, de forma reiterada y uniforme, han declarado nulos estos contratos
cuando se acredita que su verdadera naturaleza es la de un préstamo. El Tribunal Supremo
y numerosas Audiencias Provinciales han consolidado esta doctrina en los últimos años.
Si crees que has firmado algo similar, te recomendamos leer sobre nuestros servicios de
cláusulas abusivas en contratos.

El pacto comisorio prohibido: la clave jurídica del caso

El elemento decisivo en este tipo de casos es la existencia de un pacto comisorio,
que nuestro Código Civil prohíbe expresamente en sus artículos 1.859 y 1.884.

¿Qué es exactamente? Es la cláusula por la cual, si el deudor no devuelve el dinero prestado,
el acreedor se queda automáticamente con el bien dado en garantía —en este caso, el vehículo—
sin necesidad de seguir ningún procedimiento de ejecución legal.

Esta prohibición existe por razones de orden público: protege al deudor
de situaciones abusivas y también protege a los demás acreedores, cuyo derecho a cobrar
desaparecería si el bien garantizado pasase directamente al prestamista.

¿Por qué no es válida aunque haya acuerdo entre las partes?

Aunque las partes hayan firmado libremente el contrato, el pacto comisorio es
nulo de pleno derecho (artículo 6.3 del Código Civil).
Ningún acuerdo de voluntades puede válidamente establecer una cláusula que vulnere
una norma imperativa de nuestro ordenamiento.

La prohibición no se limita a las garantías típicas como la prenda o la hipoteca.
El Tribunal Supremo ha reiterado que también alcanza a cualquier negocio indirecto
que persiga el mismo efecto elusivo, incluida la compraventa simulada.

La Ley de Usura: cuándo un préstamo es ilegal por sus intereses

Más allá del pacto comisorio, en este tipo de operaciones los intereses implícitos
resultan ser tremendamente superiores a los habituales del mercado.

La Ley de Represión de la Usura de 1908 —vigente en España desde hace
más de un siglo— establece que será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule
un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado
con las circunstancias del caso.

El Tribunal Supremo ha precisado que, para apreciar la usura, basta con que el
interés sea notablemente superior al normal
, sin necesidad de probar que el
prestatario se encontraba en una situación angustiosa o de inexperiencia.
Además, corresponde al acreedor demostrar que hay circunstancias excepcionales que
justifiquen ese tipo de interés tan elevado.

En nuestros servicios de
reclamaciones contra entidades financieras
abordamos a diario este tipo de cláusulas abusivas y préstamos con intereses usurarios.

Resultado judicial: contrato simulado de vehículo declarado nulo en dos instancias

Presentamos demanda ante el Juzgado de Primera Instancia de Málaga solicitando:

  • La declaración de nulidad de ambos contratos —compraventa y opción de compra— por ser contratos simulados que encubrían un préstamo con pacto comisorio prohibido.
  • La restitución de la titularidad del vehículo a nombre de nuestro cliente.
  • La condena en costas a la empresa demandada.

Primera instancia: estimación íntegra de la demanda

El Juzgado estimó íntegramente nuestra demanda. Declaró nulos ambos contratos por ser
simulados, identificó el negocio real como un préstamo con pacto comisorio prohibido
y ordenó a la empresa demandada la reposición de la titularidad del vehículo en el plazo máximo
de quince días, con condena en costas.

Recurso de apelación: confirmación por la Audiencia Provincial de Málaga

La empresa interpuso recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga,
alegando que los contratos eran perfectamente válidos y que no quedaba acreditada
la situación de angustia económica del demandante.

La Audiencia Provincial desestimó el recurso en su totalidad. El tribunal señaló que
carecía de sentido que el mismo día y entre las mismas partes se firmara una compraventa
y una opción de compra sobre el mismo vehículo, conservando el vendedor la posesión del
mismo. La estructura negocial era incontestablemente la de un préstamo,
con el vehículo actuando como garantía real a través de un mecanismo prohibido.

Respecto a la Ley de Usura, el tribunal precisó que no era necesario acreditar la situación
angustiosa del prestatario: bastaba con verificar que el tipo de interés implícito era
notablemente superior al normal del dinero, lo que quedaba plenamente acreditado en este caso.

La Audiencia Provincial impuso además las costas de la apelación a la empresa recurrente.
Resultado final: victoria total para nuestro cliente en ambas instancias.

🏆 Nulidad de ambos contratos declarada

🚗 Vehículo recuperado por el cliente

💶 Costas a cargo de la parte contraria en ambas instancias

¿Qué puedes aprender de este caso de contrato simulado de vehículo?

Este caso es un ejemplo representativo de una práctica que, por desgracia, sigue siendo
habitual en el mercado: empresas que se presentan como compradoras de vehículos pero
que en realidad ofrecen préstamos con garantía sobre el coche, encubiertos bajo
contratos aparentemente legítimos.

Señales de alerta que debes conocer

  • Doble contrato el mismo día: si firmas una compraventa y una opción de
    compra sobre el mismo bien el mismo día, es un indicio claro de simulación.
  • Conservas el uso del vehículo: si tras la «venta» sigues usando el coche,
    no hay venta real.
  • Cuotas mensuales indefinidas: una opción de compra sin plazo definido que
    se mantiene mientras pagues mensualmente es, en realidad, un préstamo.
  • Precio de venta muy inferior al de mercado: la diferencia entre lo que
    «cobras» y lo que deberás pagar para recuperar el coche puede suponer intereses del 100 %
    o más en pocos meses.

Si te encuentras en una situación similar, actuar rápido es fundamental.
Cuanto antes consultes con un abogado especialista en
procesos civiles declarativos,
más opciones tendrás para recuperar tu vehículo.

¿Crees que te han engañado con un contrato similar? AF Abogados te ayuda

En AF Abogados somos especialistas
en Derecho Civil en Málaga y llevamos años defendiendo a particulares que
han sido víctimas de contratos simulados, cláusulas abusivas y préstamos usurarios.

Nuestra experiencia en este tipo de casos nos permite valorar con rapidez si tienes opciones
reales de éxito antes de iniciar cualquier procedimiento judicial.
No esperes a que la situación empeore.


👉 Pide tu consulta ahora — sin compromiso

Preguntas frecuentes sobre contratos simulados de vehículos

¿Puedo recuperar mi vehículo si firmé una compraventa y una opción de compra el mismo día?

Sí, en la mayoría de los casos es posible. Los tribunales españoles han declarado nulos de forma
reiterada este tipo de contratos cuando se acredita que su verdadera naturaleza es la de un préstamo
con pacto comisorio prohibido. La clave es demostrar que ambos contratos forman una unidad negocial
destinada a encubrir un préstamo. Un abogado especialista puede valorar tu caso de forma específica.

¿Qué es el pacto comisorio y por qué está prohibido en España?

El pacto comisorio es la cláusula por la que el acreedor se queda automáticamente con el bien
dado en garantía si el deudor no paga. Está expresamente prohibido por los artículos 1.859 y 1.884
del Código Civil español porque vulnera normas de orden público: protege al deudor de apropiaciones
abusivas y salvaguarda los derechos de otros acreedores. Su infracción acarrea la nulidad absoluta
del negocio jurídico que lo contiene.

¿Necesito probar que estaba en una situación angustiosa para que se aplique la Ley de Usura?

No. El Tribunal Supremo ha establecido en reiteradas sentencias que basta con que el interés pactado
sea notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias
del caso. No es necesario acreditar situación angustiosa, inexperiencia o limitación de facultades.
Además, es la parte prestamista quien debe demostrar que existen circunstancias excepcionales que
justifiquen ese interés tan elevado.

¿Tengo que devolver el dinero que me dieron si el contrato se declara nulo?

Cuando los tribunales declaran nulo el contrato simulado pero válido el préstamo subyacente,
el prestatario debe devolver el capital recibido, pero queda liberado de los intereses usurarios
y de perder el vehículo por el mecanismo del pacto comisorio. Cada caso tiene sus particularidades,
por lo que es fundamental contar con asesoramiento jurídico especializado para conocer las
consecuencias concretas en tu situación.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar si firmé un contrato de este tipo?

Al tratarse de un supuesto de nulidad absoluta por contravención de normas imperativas y de orden
público, la acción de nulidad no está sujeta a plazo de prescripción. No obstante, actuar cuanto
antes es recomendable para preservar pruebas y evitar situaciones de hecho consumadas. Consulta
con un abogado especialista para conocer tu situación concreta.


Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico.
Cada caso tiene sus particularidades y los resultados obtenidos en procedimientos anteriores
no garantizan los mismos resultados en casos futuros. Para obtener asesoramiento personalizado,
contacta con nuestro equipo.

Tags

What do you think?

Related articles

mega menu

Asesoría Integral: Desde contratos hasta Herencias Ver todos los servicios Abogados en Málaga

Read more